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- Ad-273-2017 del 02.05.2019 Pleno crea cargos Contrata ICA grados VI y VI...

- DECLARACION APRAJUD SOBRE CARGOS DE CORTES DE APELACIONES
Declaración APRAJUD sobre Concursos Cargos de Cortes de Apelaciones

 

DECLARACIÓN DE LA  ASOCIACION NACIONAL DE PROFESIONALES DEL PODER JUDICIAL APRAJUD

 

La Asociación Nacional de Profesionales de la Administración del Poder Judicial APRAJUD A.G., manifiesta su preocupación por la resolución del Pleno de la Excma. Corte Suprema en AD 273-2017 de fecha 02 de mayo de 2019, en la cual se aprueba la propuesta del Consejo Superior de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, en relación a la apertura de concursos para proveer los cargos a contrata de Administrador y Jefes de Unidad de Corte de Apelaciones, pero diferenciando los grados por tamaño de Cortes en mayor y menor, según el número de ministros que la integran.

 

En efecto, en dicha resolución se toman decisiones, que, a nuestro juicio, atentan contra la orgánica legal del Poder Judicial, por cuanto se crean  cargos a contrata para las mismas funciones que ya realizaban nuestros colegas profesionales en Comisión de Servicios en los Tribunales de Alzada, asimilándoles a los Tribunales Reformados, sin embargo a los Secretarios ni tampoco al personal de Secretaría se les diferencia sus grados por Tamaño de las Cortes. Llama poderosamente la atención que esta decisión perjudica exclusivamente a funcionarios del escalafón secundario, respecto de los demás cargos de planta de cada Corte y los grados dispuestos por ley.

Manifestamos que la estructura orgánica nunca antes ha establecido una diferencia entre las Cortes de Apelaciones por la cantidad de ministros que la integran en sus respectivos territorios jurisdiccionales, por tanto, esta decisión no se comprende más que como una medida del ámbito financiero presupuestario, discriminando diferencias de grados, entre las Cortes Grandes, respecto de las demás.

 

Por otra parte, esta decisión, coarta significativamente nuestra legítima pretensión de generar una carrera funcionaria con dichos cargos, por cuanto, por una parte, mantiene al mayor número de Cortes de Apelaciones con el mismo grado actual de los naturales destinatarios de dichos cargos, como es Administradores y Jefes de Unidad de tribunales reformados de primera instancia, y por otra, tampoco establece que dichos concursos sean de carácter interno.

 

Lamentamos que con estos concursos se haya desoído a nuestra Asociación y se pierda una invaluable oportunidad de carrera funcionaria y no se respete la lógica orgánica tradicional del Poder Judicial.

 

 

DIRECTORIO  NACIONAL

ASOCIACIÓN NACIONAL DE PROFESIONALES DE LA ADMINISTRACIÓN

DEL PODER JUDICIAL  APRAJUD

 

 

Nota: APRAJUD  es una Asociación Gremial del Poder Judicial reconocida por la ley N° 19.296 que regula a los gremios del Sector Público, es una asociación de “profesionales de la Gestión y Administración del Poder Judicial”, y como tal ha convocado el interés de 1.100 socios y socias activos que cobija bajo su alero, número está en creciente evolución y tiene entre sus filas a Profesionales de Tribunales y unidades, de diversas  especialidades, quienes ocupan variadas posiciones dentro del Poder Judicial en calidad de Planta, Contrata y Comisiones de Servicios, y quienes  se desempeñan tanto en  las Cortes, Tribunales y en la Corporación Administrativa del Poder Judicial.  

 

 

 

 

 

 
 
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