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APRAJUD A.G. crea Fondo Social y Solidario.

APRAJUD A.G. crea Fondo Social y Solidario.

Martes, 21 Junio, 2011 00:00 AM

Estimados socios:
APRAJUD A.G. tiene el agrado de darles a conocer, tal como se mandató a esta directiva en la última asamblea nacional de socios, la creación de nuestro FONDO SOCIAL Y SOLIDARIO (FSS), el que va en directo beneficio de nuestros asociados vigentes a lo largo del país.
Su principal característica es que construiremos una cuenta de “ahorro” constituida y sostenida con el aporte periódico de nuestros socios, con una cuota mensual de $2.000 que empezará a descontarse a contar del presente mes. Con este fondo, esperamos proporcionar un apoyo económico y/o financiero a los socios activos que se regulará conforme al reglamento que se adjunta.
Las prestaciones que financiará el FSS son “recuperables” y “no recuperables”; entendiéndose por las primeras aquellas ayudas financieras que el beneficiado debe, finalmente, reintegrar al FSS, en las condiciones y plazos que en cada caso se acuerde con la administración del FSS. Las segundas corresponden a aquellas ayudas financieras que el socio beneficiado no puede o no debe reintegrar por la naturaleza de las mismas o por las circunstancias que lo afecten, las cuales serán consideradas y resueltas por la administración del FSS, conforme se detalla:
 Prestaciones Recuperables
Préstamo Laboral: crédito, sin intereses, hasta por la suma de $500.000 (quinientos mil pesos) para cada socio beneficiario, destinado a solventar gastos asociados a la defensa de su postura, tales como asesoría legal, u otros destinados al mismo fin.
Préstamo Social: crédito, con intereses, hasta por la suma de $400.000 (cuatrocientos mil pesos) para cada socio beneficiario, destinado a solventar gastos con ocasión de situaciones de apremio personal o familiar.
 Prestaciones No Recuperables
Préstamo Laboral: en esta condición queda el préstamo destinado a financiar la defensa del socio objeto de apremios laborales cuando, como resultado del proceso de investigación respectivo, el socio afectado es, finalmente, desvinculado del Poder Judicial.
Bono Nacimiento Hijo: ayuda pecuniaria ascendente a $100.000 (cien mil pesos) y que se concederá al socio que acredite el nacimiento o adopción de un hijo.
Bono Matrimonial: bono ascendente a $100.000 (cien mil pesos).
Bono Fallecimiento Socio: corresponde a un aporte ascendente a $500.000 (quinientos mil pesos).
Bono Fallecimiento Familiar de Socio: corresponde a un aporte ascendente a $250.000 (doscientos cincuenta mil pesos).
Como saben, en el pasado nuestra asociación ha debido enfrentar diversas situaciones de colegas que han requerido del apoyo y solidaridad de nuestros asociados, por lo que estamos convencidos de que,  con la creación de este FSS, podremos dar una mejor respuesta y mayor tranquilidad a nuestros asociados para poder encarar con éxito los desafíos que se nos presente el futuro.
Especial agradecimiento de esta Directiva a nuestro vicepresidente, Jorge Vargas Valdés, quien desde la Asamblea del año pasado viene trabajando, arduamente, en el desarrollo de este fondo y su reglamento, por lo que vaya nuestro especial agradecimiento por su dedicación y esfuerzo.
Saludos cordiales,
Directiva Nacional
APRAJUD A.G.
 
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