Sábado, 20 Febrero, 2016 00:00 AM
Estimado Colega profesional.
Primero por esta vía queremos felicitar a nuestro colega, amigo y socio Aprajud don Hernán Torres Reynolds, jefe de unidad del Juzgado de Garantía de Arica por su reciente nombramiento como Administrador titular de su propio tribunal y aprovechar de recordarles un poco de historia.
Debes saber que dicho Juzgado ha tenido (en un pasado no muy lejano) una accidentada trayectoria sobre todo en los cargos de administrador y de Jefes de Unidad. El cargo de administrador quedó vacante a comienzos de 2015, por segunda vez en corto tiempo, la por lo que se llamó a concurso interno, y nuestro colega Hernán Torres que se desempeñaba como Jefe de Unidad de dicho juzgado no pudo postular dado que se trataba de concurso interno. Posteriormente y al parecer por el bajo número de oponentes en mayo de 2015 se declaró desierto dicho concurso, por lo que se debió llamar a concurso externo. Fué a comienzos de junio 2015 cuando el VicePresidente Aprajud don Jorge Vargas y el suscrito realizamos una visita gremial a la jurisdicción para interiorizamos de los problemas de la regional, donde además nos enteramos en particular de la frustración de nuestro colega Hernán por no poder desarrollar su carrera laboral y ahora debía esperar por el resultado de un concurso externo, ocasión donde pudimos contarle todos los esfuerzos que estábamos realizando para revertir esto para los JU.
Como sabes esta es una sentida aspiración de los jefes de unidad que incluye a administradores de asiento comuna que se han visto imposibilitados de postular internamente a cargos vacantes de administradores de asiento corte, lo que nos motivó como Directiva Nacional desde el Consultivo 2013 y ratificado en Asamblea del mismo año a crear una comisión de carrera laboral (colegas Sunie Matienzo, Cecilia Aguirre, Alejandra Ugalde y Alejandra Luengo) posteriormente lo representamos en la Jornadas de Reflexión de la ECS en 2014 y de 2015, también se integró en esto el apoyo nuestros representantes en; CCZ, Consejo Superior y del Comité de Personas.
Es así que nuestra última presentación formal por oficio en 2015 es que el Pleno de la E. Corte Suprema la resolvió FAVORABLEMENTE el 16 de noviembre de 2015, según consta en AD 463 (se adjunta), que interpreta el art 288 del COT permitiendo oponerse internamente a la categoría inmediatamente inferior, entendiendo aquella más próxima, es decir al no existir el cargo subadministrador sería el jefe de unidad y beneficiando también a los administradores de asiento comuna.
Nos alegramos compartir nuevamente esta noticia y por cierto felicitar a nuestro amigo Hernán.
Atte.,
Patricio Aguilar Paulsen
Presidente Nacional APRAJUD